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viernes, 11 de mayo de 2018

GRATUIDAD EDUCATIVA

La gratuidad educativa se entiende como la exención del pago de derechos académicos y servicios complementarios.


Las instituciones educativas estatales no podrán realizar ningún cobro por derechos académicos o servicios complementarios.

Sin embargo los Padres de Familia o Acudientes deben garantizar el  listado de materiales educativos, compuesto por útiles, uniformes y textos, para el desempeño escolar de los estudiantes.


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